Los extranjeros que han sido considerados inelegibles para recibir una visa bajo la Ley de Inmigración y Nacionalidad , son elegibles para presentar la forma I-601A. En muchos casos, el solicitante puede que tenga un pariente que califique para la exención. El familiar del solicitante debe ser un ciudadano estadounidense o un padre, esposo, y en algunos casos hijo con residencia permanente legal. El familiar que califique debe establecer “Dificultades extremas”, no el solicitante de la exención.
Si usted se encuentra ilegalmente en los Estados Unidos porque sobrepasó el periodo de estadía establecido en su visa o ha entrado a los Estados Unidos cruzando la frontera sin una visa, puede ser elegible para solicitar la forma I-601A. Condonar su presencia ilegal es posible si está casado con un ciudadano estadounidense, con un residente permanente legal o si tiene hijos(as) solteros menores de 21 años. Sin embargo, si USCIS le niega la solicitud de exención, no hay más apelaciones para usted.
Asegúrese que cumple con todos los requisitos para calificar a la exención antes de presentar su solicitud. Visite el sitio web oficial del USCIS para revisar la información pertinente a la exención I-601A. :
Confidencial Ahora
de Inmigración
Alice Antonovsky
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- Basado en las aplicaciones para la I- 601A recibidas o adjudicadas entre marzo 4 y septiembre 14 del 2013, el Centro Nacional de Beneficios (NBC por sus siglas en inglés) ha emitido las siguientes decisiones: 3,497 aprobaciones (59%) and 2,292 negaciones (39%).
- De acuerdo a algunas estadísticas provistas por el USCIS, el número total de formas I601-A emitidas desde que el programa comenzó en 2013 (en el curso de 1 año y 1 meses) fue 62,973.
- USCIS anunció la nueva exención por presencia ilegal I- 601A, la cual que quedó en efecto el 4 de marzo de 2013.
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LA EXENCIÓN I- 601A